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Obtencion Patente Comercial


SOLICITUD DE PATENTES

Está dirigido a personas naturales o jurídicas que deseen ejercer una actividad económica en un local, oficina o establecimiento en la comuna de Independencia.

El trámite de patente se puede realizar a través de esta página web o en forma presencial, en las oficinas del Departamento de Impuestos y Derechos, ubicadas en Avda. Independencia N°753, 3er piso, en horario de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas.

A continuación, se detalla los tipos de patentes municipales y sus requisitos, así como iniciar el Trámite Online.

CONTACTO

El departamento de Impuestos y Derechos solicita hacer llegar sus consultas al correo electrónico patentescomerciales@independencia.cl

Telefónicamente, puede comunicarse al 22923248 o al 229232497, y será derivado a un funcionario que atenderá sus preguntas.

 

DOCUMENTOS NECESARIOS

Es importante que el contribuyente antes de arrendar, comprar o invertir en un local para realizar esa actividad comercial, se informe si la actividad que desea realizar en una dirección, cumple con lo verifique o en el Plano Regulador de la Comuna (Dirección de Obras Municipales), el cual determina si una actividad es o no compatible con la zona donde se llevará a cabo la operación comercial.

La patente comercial se debe tramitar antes de instalarse con el negocio y comenzar el ejercicio de la actividad.

. PARA ACREDITAR CONTRIBUYENTE

  • Fotocopia Cédula de Identidad (Persona Natural).
  • Fotocopia RUT Sociedad o E-RUT y Cédula de Identidad del Representante Legal (Contribuyente Persona Jurídica).
  • Poder ante Notario Público, en caso de que quien firme la Solicitud de Patente no sea el contribuyente o su representante legal.


II. PARA ACREDITAR LA CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD

 

i. CONSTITUCIÓN POR ESCRITURA PÚBLICA

  • Escritura Pública de Constitución de la Sociedad y sus modificaciones, si las hubiere.
  • Extracto y publicación en Diario Oficial, tanto de la escritura pública de constitución de sociedad como de sus modificaciones, si es que las hubiere.
  • Copia de Inscripción con Vigencia del Registro de Comercio, no superior a 60 días, desde su fecha de emisión.
  • ii. CONSTITUCIÓN EMPRESA EN UN DÍA
  • Certificado de Estatuto Actualizado, con su texto, no superior a 60 días, desde su fecha de emisión.
  • Certificado de Anotaciones, no superior a 60 días desde su fecha de emisión.
  • Certificado de vigencia, no superior a 60 días desde su fecha de emisión.

III. PARA ACREDITAR ANTECEDENTES TRIBUTARIOS

  • Declaración Jurada de Inicio de Actividades ante el SII, con timbre electrónico o manual.
  • Apertura de sucursal SII (Formulario de actualización y modificación de la información ante el SII)
  • Certificado de Distribución de Capital, emitido en la comuna de la casa matriz, si ésta se encuentra fuera de Independencia.
  • Formulario 22 Compacto Y Certificado Solemne (desde la instalación en la comuna a la fecha).
  • Recepción de aviso cambio de domicilio ante el SII (ONLINE) desde la COMUNA DE ORIGEN A INDEPENDENCIA o cambio de domicilio histórico con fechas (solicitado directamente en oficinas del SII).
  • Boletín de último pago de Patente en la comuna que proviene. Art. 29 DL Nº 3.063/79.
  • Certificado de No Deuda por concepto de patentes de la comuna que proviene. Art. 29 DL Nº 3.063/79.

IV. PARA ACREDITAR EL USO LEGÍTIMO DEL INMUEBLE

  • PROPIETARIO: Certificado de Dominio Vigente del mismo, emitido por el Conservador de Bienes raíces, con vigencia máxima de 90 días.
  • ARRENDATARIO: Contrato de arrendamiento con firma autorizada ante Notario Público. En caso de no encontrarse con dicha formalidad, se deberá adjuntar Certificado de Dominio Vigente, a nombre del arrendador.
  • Si el arrendador es PERSONA JURÍDICA se deberá acreditar la personería de la persona natural que actúe en representación de la misma.
  • SUBARRENDATARIO: Contrato de Arriendo primitivo, en el cual no se contenga la prohibición de subarrendar o ceder el uso y goce en todo o parte; más contrato de subarriendo y anexos si hubiere.
  • AUTORIZACIÓN DE USO/CESIÓN/COMODATO Autorización de uso, Cesión o Comodato, ante Notario Público. En caso de no encontrarse con dicha formalidad, se deberá adjuntar Certificado de Dominio Vigente, para acreditar que el autorizante, cedente o comodatario sea efectivamente el propietario del inmueble.

V. ANTECEDENTES DIRECCIÓN DE OBRAS MUNICIPALES

  • Certificado de Recepción Definitiva del inmueble, con DESTINO acorde con el giro requerido (Se solicita en la Dirección de Obras Municipales, de 9:00 a 14:00 hrs).
  • Certificado de Número
  • Certificado de Zonificación

VI. RELATIVOS AL GIRO

  • Comprobante de Ingreso de solicitud de Informe Sanitario, si procede.
  • Resolución Sanitaria, si procede.
  • Certificado de Calificación de Actividad Inofensiva, otorgado por la Autoridad Sanitaria o comprobante de ingreso.

VII. OTROS PERMISOS Leyes Especiales Art. 26, letra d), Ley de Rentas Municipales, como:

  • Se podrán solicitar otros documentos que aquí no se mencionan, por corresponder a giros o rubros más específicos, o bien requisitos que sean solicitados por la Dirección de Obras Municipales.

 

VALOR DE LA PATENTE

El valor anual de la contribución de patente se determina aplicando una tasa de 5 por mil sobre el capital propio declarado ante el Servicio de Impuestos Internos (SII), es decir, se debe multiplicar el monto del capital por 0,005, el que no podrá ser inferior a 1 UTM ni superior a 8.000 UTM. Este valor permite el ejercicio de la actividad en el año tributario que va desde el 1 de julio de un año y el 30 de junio del año siguiente.

El valor calculado de patente si bien es anual, el pago se efectúa en dos cuotas semestrales (cada una de 0,025 del capital), la primera con vencimiento el 31 de julio de cada año, y la segunda, el 31 de enero del año siguiente. Esta última se reajusta según la variación del IPC, entre el 1° de junio y 30 de noviembre inmediatamente anterior.

A este valor se agrega el pago de Derechos de Aseo y otros permisos que se autoricen como publicidad o utilización de bien nacional de uso público, según el valor de los Derechos Municipales establecidos en la Ordenanza Municipal por concesiones, permisos y servicios municipales.